¿Cómo es el procedimiento de mediación? ¿Quién lo paga?
El procedimiento de mediación podrá iniciarse: de común acuerdo entre las partes o por una de ellas, con la presentación de la Solicitud de inicio.
Recibida la solicitud, se contacta con las partes para citarlas a la Sesión Inicial. En esta sesión se les informa sobre las características de la Mediación, el coste, el proceso y otros aspectos
Si deciden continuar con la Mediación, se celebrará una Sesión Constitutiva en la que las partes expresarán su deseo de desarrollar la mediación y de la que se levantará un acta.
Se inicia el desarrollo de las actuaciones mediante sesiones de mediación hasta la finalización del proceso.
Terminación. El procedimiento de mediación puede concluir en acuerdo o finalizar sin acuerdo, El acta final determinará la conclusión del procedimiento y, en su caso, reflejará los acuerdos alcanzados o su finalización por cualquier otra causa.
El acuerdo de mediación puede versar sobre una parte o sobre la totalidad de las materias sometidas a la mediación, tiene carácter vinculante y las partes pueden instar su elevación a escritura pública al objeto de configurar su acuerdo como un título ejecutivo. Cuando el acuerdo se hubiere alcanzado en una mediación desarrollada después de iniciar un proceso judicial, las partes podrán solicitar del tribunal su homologación.
¿Es voluntaria la mediación?
Sí, la mediación es voluntaria. Nadie está obligado a mantenerse en el procedimiento de mediación ni a concluir un acuerdo.
Cuando exista un pacto por escrito que exprese el compromiso de someter a mediación las controversias surgidas o que puedan surgir, se deberá intentar el procedimiento pactado de buena fe, antes de acudir a la jurisdicción o a otra solución extrajudicial. Dicha cláusula surtirá estos efectos incluso cuando la controversia verse sobre la validez o existencia del contrato en el que conste
¿Es confidencial la mediación?
Sí, el procedimiento de mediación y la documentación utilizada en el mismo es confidencial. La obligación de confidencialidad se extiende al mediador, que quedará protegido por el secreto profesional y a las partes intervinientes de modo que no podrán revelar la información que hubieran podido obtener derivada del procedimiento.
La confidencialidad de la mediación y de su contenido impide que los mediadores o las personas que participen en el procedimiento de mediación estén obligados a declarar o aportar documentación en un procedimiento judicial o en un arbitraje sobre la información y documentación derivada de un procedimiento de mediación o relacionada con el mismo, con las excepciones previstas en la Ley.
La confidencialidad del proceso permite que las partes se sientan más cómodas, se expresen con mayor libertad al tiempo que se preserva la imagen, el prestigio y la reputación
¿Es obligatorio acordar en la mediación?
No existe obligación de llegar a un acuerdo. La mediación busca facilitar el diálogo y encontrar soluciones, pero la decisión final corresponde a las partes
¿Tienen validez legal los acuerdos alcanzados en la mediación?
Sí, los acuerdos alcanzados en la mediación tienen validez legal si se formalizan por escrito y las partes los firman. El acuerdo tiene carácter vinculante y las partes pueden instar su elevación a escritura pública al objeto de configurar su acuerdo como un título ejecutivo.
Cuando el acuerdo se hubiere alcanzado en una mediación desarrollada después de iniciar un proceso judicial, las partes podrán solicitar del tribunal su homologación.

Cumplimiento de los Acuerdos
Los acuerdos alcanzados en mediación suelen presentar un alto cumplimiento dado que las partes los han alcanzado de forma libre y voluntaria.
¿Quién paga los costes de la mediación?
El coste de la mediación se dividirá por igual entre las partes, salvo pacto en contrario (las partes pueden acordar otra forma de distribución de los costes).
¿Qué puede hacer la mediación por mí?
La mediación puede ofrecer una solución rápida, económica, menos hostil y más constructiva a los conflictos. Proporciona un entorno seguro y controlado en el que las partes en disputa pueden discutir sus diferencias y llegar a acuerdos beneficiosos para ambas.
Si quieres conocer en qué casos puede ayudarte la Mediación te invito a visitar ¿Qué tipos de conflictos pueden resolverse a través de la mediación?
¿Por qué elegir Mediación? ¿Qué beneficios/ventajas tiene la mediación?
La mediación ofrece la posibilidad de una resolución ágil, rápida y breve de los conflictos, de soluciones flexibles y adaptadas a las necesidades de las partes, en un ambiente más sereno y constructivo, confidencial y neutral, donde preservar las relaciones, la imagen, la reputación y el prestigio.
Si deseas conocer más sobre estas y otras características y ventajas de la mediación puedes consultar ¿Por qué elegir Mediación? ¿Qué beneficios/ventajas tiene la mediación?